El Auxiliar Técnico Educativo, en Castilla la Mancha, es la persona que estando en posesión del Título de Bachiller, Técnico en Formación Profesional o equivalentes, presta servicios de apoyo a los escolares que tienen reconocido este recurso porque las barreras de aprendizaje y participación que presentan así lo aconsejan, atendiendo a éstos en sus necesidades en el centro educativo, en el comedor, durante la noche, y demás situaciones análogas. Asimismo, colaborarán en sus cambios de aulas o servicios, en la vigilancia personal de éstos, como también con el profesorado en la vigilancia de los recreos, ... 

 

Se ha publicado en el DOCM las propuestas de contratación y relación de puestos ofertados de Auxiliar Técnico Educativo del proceso selectivo 2019-2020:

https://docm.jccm.es/docm/descargarArchivo.do?ruta=2022/06/23/pdf/2022_5845.pdf&tipo=rutaDocm

Las personas aprobadas deben presentar la documentación y la petición de destinos mediante una de las dos opciones:

1. Solicitud Electrónica: Se podrá realizar la presentación telemática de la solicitud sin necesidad de remitirla a una Oficina de Información y Registro. Para acceder de esta forma deberá introducir como clave el número de QR de su solicitud de participación en el proceso selectivo, o bien mediante certificado digital reconocido o DNI electrónico. Esta forma de acceso permite también adjuntar la documentación exigida.

2. Solicitud cumplimentada por medios informáticos que es firmada y registrada de modo presencial: Quienes opten por la presentación de la solicitud en papel, una vez rellenada de manera electrónica deberá imprimirse y ser firmada por el interesado/a para presentarla con el resto de la documentación exigida, de acuerdo con lo establecido en la base 3. 

El plazo para la presentación de la solicitud de destino conjuntamente con la documentación exigida es de veinte días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha y se dirigirá a la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas.

En la solicitud de destino deberá solicitarse como mínimo y por orden de preferencia un número de plazas igual al número de petición asignado en el Anexo I a esta Resolución, y que figura en el mismo como “N.º Petición.